El estado de excepción


Tras la reciente emboscada a un grupo de militares en Carácuaro, no faltaron encuestas y voces a favor de la aplicación inmediata del artículo 29 de la Constitución Mexicana, que señala que en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquier otro que ponga a la sociedad en peligro o conflicto, el presidente, los secretarios de estado y la Procuraduría General de la República, con la aprobación del Congreso de la Unión, se pueden suspender en todo el país o en un lugar determinado las garantías individuales, para hacerle frente a la situación de emergencia por un tiempo limitado. El general Luis Garfio, por ejemplo, militar retirado, manifestó que la situación de violencia generalizada en la que vive México, amerita que se declare estado de excepción por lo menos en Michoacán, como si en el caso de Oaxaca no se hubieran suspendido las garantías individuales, pero no como excepción sino como regla. Una propuesta que recuerda una reflexión crítica contemporánea sobre el Estado de excepción.

Giorgio Agamben (Roma, 1942), el filósofo italiano, profesor de filosofía en la Universidad de Verona y en el Colegio Internacional de Filosofía de París, traductor del filósofo alemán Walter Benjamin (Berlín, 1892- Port-Bou, 1940), autor de varios libros como La comunidad que viene (Pre-textos, 1996), Homo sacer (Pre-textos, 1999), Lo que queda de Auswitz (Pre-textos, 2000) y Estado de excepción (Pre-textos, 2004), entre otros, da a conocer este último libro en un momento preciso, cuando se instalan los tribunales militares del presidente de los Estados Unidos George Walker Bush y la suspensión de los derechos humanos por la “guerra contra el terrorismo”, un tema fundamental a debatir ahora y por mucho tiempo.

El mismo Giorgio Agamben tuvo que entrar en este debate cuando se negó a que le tomaran las huellas digitales en la aduana para poder entrar a Estados Unidos, que lo condujo a bautizar esta disposición con el nombre de “tatuaje bio-político”, inspirado en el pensamiento del filósofo francés Michel Foucault (1926-1984), en particular sobre la situación contemporánea de la inclusión de la vida en el orden del poder. Pero para Giorgio Agamben la relación entre el poder soberano y la nuda vida es una relación de captura, sobre la base de una estructura de excepción. La nuda vida, es decir, expuesta al estado como reverso de las leyes, donde la regla que asegura al poder una toma directa y la excepción de la norma se vuelven imperceptibles.

El estado de excepción se refiere de manera explícita a los poderes de emergencia dictados por el presidente George Walter Bush después de la paranoia colectiva provocada por los atentados a la Torres Gemelas de Nueva York el 11 de septiembre de 2001. Un hecho oportuno para proclamar –en palabras de Walter Benjamin– que estas situaciones se han convertido, desde la segunda mitad del siglo XX, en la norma más que en la excepción.

Agamben es un crítico radical de los estudios y conclusiones constitucionalistas de Carl Friedrich y Clinton Rossiter, quienes después de la Segunda Guerra Mundial aprobaron la “dictadura constitucional” como una institución republicana que podría salvaguardar al Estado en momentos de crisis.

Sin embargo, para Giorgio Agamben, el estado de excepción no adopta su modelo de la dictadura de la antigua Roma, como una forma que le permitía al senado, con la indispensable participación de cónsules y de los tribunos de la plebe, en suma con los acuerdos de todos los poderes del Estado, para poder declarar un estado de emergencia y nombrar, por un plazo de seis meses, a un dictador con plenas facultades para enfrentar semejante trance. Aquí, Giorgio Agamben es agudo en su crítica, pues señala que los estados contemporáneos, en lugar de seguir el esquema de los antiguos romanos, los inventores del derecho, en realidad imitan a otro organismo romano, el iustitium, la suspensión de todo orden legal, que en lugar de instaurar la ley se constituía en un verdadero vacío jurídico.

De aquí que Agamben concluya que los estados de excepción contemporáneos no tienen nada de constitucionales, puesto que son estados que al suspender toda legalidad, abandonan a los ciudadanos al “poder desnudo”, pornográfico y retorcido. En realidad –advierte Agamben– no tiene ningún sentido recurrir a los criterios de extrema necesidad y temporalidad para justificar el estado de excepción, ya que todo intento por limitar el poder en una situación de emergencia es frívolo.

El argumento de Agamben ya se encontraba de algún modo en la discusión entre el pensamiento republicano a favor de establecer normas de excepción, representado en pensadores como Maquiavelo y Rousseau, además de Constant, para quien toda concentración excesiva de poder conduce, fatalmente, a su usurpación. Pero Agamben, aunque enfrentado a esa elección, toma partido por los liberales, dado que no defiende las libertades individuales contra las intervenciones ilegítimas del Estado. En realidad, el filósofo italiano no formula una propuesta normativa al estilo del pensamiento liberal, sólo pretende mostrarnos que estamos frente a un cambio de paradigma donde el estado de excepción obliga a desaparecer la distinción entre la esfera pública y la privada. Una situación verdaderamente preocupante, pues el estado de derecho, desde este esquema es desplazado en la vida cotidiana por la excepción, dejando libre de toda atadura legal a la violencia pública.

Este nuevo paradigma de “gobierno”, por llamarle de algún modo a esta pornografía política que hace de la excepción la norma, termina por eliminar toda posible distinción entre violencia legítima e ilegítima. Por lo que Agamben sólo trata de mostrar que la violencia pública es incontenible, al punto de no quedar más que encogerse de hombros. Y es que para Agamben es lo mismo que le tomen a uno las huellas digitales en un aeropuerto que ser sometido a métodos crueles de interrogación en una base militar.

Estado de excepción es un libro que verdaderamente promueve una apocalíptica advertencia: lo que hoy entendemos por democracia y estado de derecho se está convirtiendo, progresivamente e ¿irremediablemente?, en una ficción, justo porque la excepción se ha vuelto la regla.

La lectura de Agamben termina por hacer polvo la concepción de Weber del Estado como el monopolio legítimo de una fuerza, ya que la sustituye por una visión anárquica, donde la violencia pública y la violencia privada se vuelven totalmente indistinguibles. Bajo el esquema de excepción ya no tiene importancia la codificación constitucional de la legalidad. Por ello para Agamben la declaración de excepción siempre genera un vacío de la ley, al margen de las causales esgrimidas para convocarlo.

Ciertamente a partir de las guerras mundiales, los estados de excepción no sólo se hicieron más visibles sino más frecuentes. Con Agamben podemos discernir que lo que está ocurriendo es una colonización de la esfera privada por parte de lo que antes era la violencia política. Es innegable que hoy existen una regulación y un control que hace más visibles las violaciones del estado de derecho. En consecuencia nuevos problemas como la “guerra contra el terrorismo” o “control del narcotráfico y el crimen organizado” plantean nuevos retos teóricos al pensamiento con sus respectivas consecuencias en la acción. Hoy es preciso encontrar un camino que no implique la satisfacción de quienes afirman que el actual ordenamiento legal es adecuado para enfrentar emergencias de manera responsable y democrática, aunque hasta ahora las evidencias prueben lo contrario, con tal de no abandonarnos al pesimismo extremo de resignadamente a la indistinción entre la excepción y la regla.