Nosotros, los ciudadanos de Canadá, el deseo de defender la Carta de Naciones Unidas, el Estatuto de Roma de 1998 de la Corte Penal Internacional, Las Convenciones de La Haya y de Ginebra y el imperio de la ley internacional, especialmente con respecto a:
1: 1949 Cuarto Convenio de Ginebra: el artículo 146
Las Altas Partes Contratantes se comprometen a adoptar la legislación necesaria para establecer sanciones penales efectivas para las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves de la presente Convención.
2: 1907 Convención de La Haya IV: el artículo 3
La parte beligerante que viole las disposiciones de dichas normas, si las exigencias caso, estará obligado a pagar una indemnización. Será responsable de todos los actos cometidos por personas que formen parte de sus fuerzas armadas.
3: Carta de la ONU: el artículo 2, párrafo 4
Todos los miembros deberán abstenerse en sus relaciones internacionales de la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
4: Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional: Artículo 7: Crímenes de lesa humanidad
(F) Tortura;
(H) Persecución de un grupo o colectividad con identidad fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, tal como se define en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen dentro de la jurisdicción de la Corte;
(I) Desaparición forzada de personas;
(K) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
5: Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional: Artículo 8: Los crímenes de guerra
(Ii) La tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos;
(Iii) causar deliberadamente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud;
(Iv) La destrucción y la apropiación de bienes no justificadas por necesidades militares y realizadas a escala ilícita y arbitrariamente;
(Vi) Privar deliberadamente a un prisionero de guerra oa otra persona protegida de los derechos a un juicio justo e imparcial;
(Vii) La deportación o el traslado ilegal o el confinamiento ilegal;
(B) (i) Dirigir intencionalmente ataques contra la población civil como tal o contra civiles que no participen directamente en las hostilidades;
(Ii) Dirigir intencionalmente ataques contra objetos civiles, es decir, bienes que no sean objetivos militares;
Nos solicitar a los tribunales para acusar el primer ministro canadiense Stephen Harper y el ministro de Defensa, Peter MacKay, por crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos en la invasión ilegal y ocupación de Afganistán. Fiscalía debe incluir los siguientes delitos, cometidos por el acusado en su capacidad oficial:
1) la planificación, la preparación y participación en los ataques armados contra la población civil de Afganistán;
2) La complicidad en la comisión de la tortura de detenidos afganos.
3) Apoyo a un aliado que aprueba y da empleo a 'waterboarding' y otras técnicas de tortura ilegal.
4) Uso de restricciones inhumanas a los prisioneros, incluyendo las campanas, y las ataduras de cables.
5) El uso agresivo patrullas armadas y ataca indiscriminadamente, traumatizando y matando a mujeres y niños y la destrucción de viviendas y bienes civiles.
6) Prestar apoyo militares armados y la protección para el comercio de opio ilícito de drogas, señores de la guerra de las drogas, crecer ops y los narcotraficantes.
7) El engaño y la conspiración para la guerra, y proporcionar información falsa para incitar las pasiones de la guerra, causando la muerte de miles de civiles afganos, lo que obligó a millones de civiles afganos a abandonar sus hogares y del país, y causando mutilaciones innumerables y trauma.
8) La conspiración y complicidad en los ataques armados contra civiles y bienes civiles como medio de deportación forzosa y traslado forzoso de población, con el propósito de apropiarse ilegalmente de tierras para la construcción del gasoducto trans-afgano Natural.