Adios a la garantias individuales Con facultades extendidas represoras , nace la Policía Federal

■ Podrá intervenir comunicaciones vía telefónica, satelital y/o Internet

Al pestilente espurio fecalito calderón. Le vale madre la constitución y crea la policía federal represora del pueblo violando los siguientes artículos.

Art. 6º Habla de la libertad de expresión, excepto si se ataca la moral, derechos de terceros, provoque un delito o altere el orden publico.

Art. 7º Libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia

Art. 8º Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre y cuando, sea por escrito y de manera pacifica

Art. 9º Libertad de asociación y reunión libre con objetivos lícitos, que no sea reunión armada, sin producir amenazas.

Art. 10º Derecho a poseer armas por seguridad y defensa propia, a excepción de las prohibidas y las reservadas para el ejercito.

Art. 11º Libertad de transito, de entrar y salir del país, viajar por el y mudar de residencia cuanto se desee.



Con la publicación ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de nueva ley, nace desde ahora la Policía Federal (PF), dejando con esto de ser preventiva.
Con este ordenamiento la PF tendrá facultades de investigación de delitos ya cometidos, con la posibilidad legal de intervenir llamadas telefónicas, satelitales o vía Internet en pesquisas relacionadas con el crimen organizado y aumenta, respecto a su antecesora, de 14 a 46 las facultades de intervención; este cuerpo seguirá dependiendo de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal, de acuerdo a lo publicado en el DOF.
La PF adquiere ahora también las facultades para el desarrollo de las indagatorias abiertas por la Procuraduría General de la República (PGR), pero “bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación”, dice dicha publicación.
Hasta ayer, sólo la Policía Federal Ministerial –la renombrada Agencia Federal de Investigación (AFI) desde el pasado viernes- podía coadyuvar con alguna fiscalía en el desahogo de una averiguación previa.
El DOF establece que ahora dicha corporación podrá solicitar directamente a los jueces federales –con la supervisión del Ministerio Público – la autorización para intervenir comunicaciones privadas, ya sea llamadas telefónicas, satelitales o vía Internet.
Son 17 los delitos en los que a la PF le será permitido la intervención de la comunicaciones, entre ellos: contra la salud, privación ilegal de la libertad en su modalidad de plagio o secuestro, trata de personas, evasión de reos, lenocinio, trata de menores y tráfico de migrantes y de armas.
También se le permitirá realizar acciones encubiertas que les permitan hacerse pasar por narcotraficantes o secuestradores e infiltrarse en las agrupaciones criminales, a fin de aportar datos de las actividades ilícitas de los delincuentes organizados, menciona la publicación oficial.
Luego de la publicación de la nueva ley, Genaro García Luna, titular de la SSP federal, inauguró ayer en el Centro de Mando de Iztapalapa un curso de 12 semanas para mil 500 aspirantes universitarios que buscan convertirse en los primeros policías investigadores científicos de la nueva PF.
En su discurso inaugural, el funcionario sostuvo que el gobierno de Felipe Calderón aplica una política real de Estado “en materia de seguridad que trascienda coyunturas y calendarios políticos”.